jueves, 2 de marzo de 2017

Coherencia del nombre "cristiano" - por Felipe Bacarreza Rodríguez

 






Señor Director:

El adjetivo "cristiano" es confesional. Desde el siglo I designa a los discípulos de Cristo, como lo atestigua el Libro de los Hechos de los Apóstoles: "Estuvieron juntos (Bernabé y Saulo) durante un año entero en la Iglesia (de Antioquía) y adoctrinaron a una gran muchedumbre. En Antioquía fue donde, por primera vez, los discípulos recibieron el nombre de 'cristianos'" (Hechos 11,26). Desde entonces, el adjetivo "cristiano" designa a quien confiesa a Cristo como Dios. Declararse "no confesional" y, al mismo tiempo, "cristiano", es contradictorio. El senador Ignacio Walker (en su columna del 21 de septiembre) declara que el partido al cual él pertenece es "no confesional". Por coherencia y autenticidad, ese partido no debería llamarse "cristiano". Insistir en llamarse "cristiano" induce a error respecto de la identidad de ese partido. Eso es lo que hizo notar el obispo de Punta Arenas. El senador Ignacio Walker, en realidad, no hace más que darle la razón. El partido debería cambiar de nombre.

Por otro lado, el senador Ignacio Walker y otros de su partido se declaran católicos. Pero "católico" designa a un miembro de la Iglesia Católica, es decir, un cristiano que reconoce que Cristo fundó su Iglesia sobre Pedro y que la dotó de infalibilidad cuando enseña en materia de fe y moral. Debe definirse como "católico" solo quien adhiere a la enseñanza de la Iglesia Católica en esas materias. En cuanto al aborto, la enseñanza de la Iglesia Católica no admite vacilación: "La vida humana debe ser respetada y protegida de manera absoluta desde el momento de la concepción. Desde el primer momento de su existencia, el ser humano debe ver reconocidos sus derechos de persona, entre los cuales está el derecho inviolable de todo ser inocente a la vida" (Catecismo de la Iglesia Católica, N. 2270). El Catecismo continúa: "Dios, Señor de la vida, ha confiado a los hombres la excelsa misión de conservar la vida, misión que deben cumplir de modo digno del hombre. Por consiguiente, se ha de proteger la vida con el máximo cuidado desde la concepción; tanto el aborto como el infanticidio son crímenes abominables" (N. 2271).

El derecho a la vida lo tiene la persona humana por ser persona. No lo tiene por estar sano o por haber sido concebido en determinadas condiciones; lo tiene todo ser humano como inherente a su naturaleza. La ley de aborto que se tramita en el Senado, que permitirá a las instituciones del Estado matar a un ser humano en el seno materno, aunque sea en esas tres causales excepcionales, lo que hace es negar que el derecho a la vida sea propio de la naturaleza humana. Y es la negación de este principio lo que abre la puerta al aborto libre. No es por desconfianza al adversario político que se teme la legalización del aborto a secas, como lo afirma la señora Sylvia Soublette de Valdés en su carta del 21 de septiembre; es por coherencia, porque, eliminado el principio del derecho a la vida, no se verá por qué se pueda matar en el seno materno a un ser humano y a otro no. Así ha ocurrido en todos los países que han legalizado el aborto.

+ Felipe Bacarreza Rodríguez
Obispo de Santa María de Los Ángeles

(Carta publicada hoy, 26-09-16 en El Mercurio)

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